Permiso laboral para asistir a campañas de vacunación

Si requieres más información, contacta a:

El 3 de junio de 2021 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.347 que modifica el Código del Trabajo agregando el artículo 66 ter otorgando un permiso laboral de medio día para asistir a centros de vacunación en el contexto de una campaña pública de vacunación.

El permiso se debe otorgar a todos los trabajadores que se encuentren en el público objetivo del programa de vacunación o de prevención de enfermedades transmisibles. Para su uso, el trabajador debe dar aviso con al menos dos días de anticipación a su empleador.

El tiempo del permiso debe ser complementado según sea necesario para contemplar el traslado al lugar de vacunación correspondiente según cada caso.

El tiempo en el que los trabajadores asistan a vacunarse será considerado como trabajado para todos los efectos legales y este permiso no podrá ser compensado en dinero, ni durante ni al término de la relación laboral.

La ley se encuentra vigente inmediatamente a la fecha de su publicación.


“El presente documento no constituye asesoría legal y el estudio Guerrero Olivos no será responsable por actos u omisiones de terceros basados en la información contenida en él”.