Dictación del Reglamento de Supervisión Delitos Económicos

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El 26 de septiembre se marcó un nuevo hito respecto de la Ley de Delitos Económicos, con la publicación en el Diario Oficial del reglamento emanado del Presidente de la República, que regula la figura de la “supervisión de la persona jurídica” establecida en el artículo 50 de la Ley N°21.595 de Delitos Económicos (el “Reglamento”). Este nuevo Reglamento abre la puerta a una herramienta poderosa que puede ser decretada por el tribunal no sólo como una pena y/o como una medida cautelar en un proceso criminal, sino que también, como una condición para la suspensión condicional de ese procedimiento.


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