Entrada en vigencia de los Informes de Mitigación de Impacto Vial
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Con fecha 17 de noviembre de 2021 entró en vigencia el Capítulo II del Título V de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (“LGUC”), que regula las mitigaciones de los impactos que un proyecto de crecimiento urbano cause sobre el sistema de movilidad local a través la incorporación de los Informes de Mitigación de Impacto Vial (“IMIV”).
Esta normativa fue incorporada a la LGUC por la Ley N° 20.958, que establece un sistema de aportes al espacio público y reglamentada a través del Decreto N° 30 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado con fecha 17 de mayo de 2019. Su entrada en vigencia estaba prevista una vez transcurrido el plazo de 18 meses de la publicación del precitado Decreto. Sin embargo, esta fue prorrogada por la Ley N° 21.284, considerando las condiciones de movilidad del país producto de la pandemia por COVID-19 al año 2020.
El nuevo Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad (“SEIM”) busca que se mantengan los estándares de servicio existentes, y resguardar la circulación segura de peatones y medios de transporte, las condiciones de accesibilidad del proyecto, su interacción con el sistema de movilidad y su inserción armónica con el entorno urbano. Para ello, contempla diversas categorías de IMIV en función de los flujos vehiculares y peatonales inducidos por el proyecto, a efectos de determinar las medidas de mitigación que corresponda ejecutar, lo que será requisito para su recepción definitiva.
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