ALERTA LEGAL: Medidas tributarias por COVID-19

Ayer jueves 19 de marzo, el Gobierno anunció una serie de medidas destinadas a proteger los ingresos y los empleos de los trabajadores, incluyendo medidas tributarias orientadas a apoyar la continuidad de las pequeñas y medianas empresas durante la emergencia sanitaria del COVID-19, las cuales permitirán un alivio financiero y que destacamos a continuación, con la vigencia anunciada por el SII:1. Suspensión de los pagos provisionales mensuales (PPM) del impuesto a la renta de empresas por los próximos 3 meses. Vigencia: PPMs a pagar en abril, mayo y junio de 2020.
2. Postergación del pago del IVA de los próximos 3 meses para todas las empresas con ventas (anuales) menores a UF 350.000 (hoy $9.994.943.000.-), posibilitando su pago en 6 o 12 cuotas mensuales a tasa de interés real cero, dependiendo de su tamaño. Vigencia: Postergación para el IVA a pagar en abril, mayo y junio de 2020. Pago de IVA en cuotas desde julio de 2020.
3. Anticipación de la devolución de impuesto a la renta que corresponde a las PyMes (con ventas hasta UF 75.000 anuales, hoy $2.141.773.500.-): las empresas PYME recibirán su devolución en el mes de abril. Vigencia: En Operación Renta 2020.
4. Postergación hasta julio de 2020 del pago de impuesto a la renta de las Pymes. Debe tenerse presente que el plazo de declaración de renta no se ha modificado y sigue siendo abril próximo. Vigencia:
5. Postergación del pago de contribuciones de abril para las empresas con ventas inferiores a 350.000 UF y para personas con propiedades con avalúo fiscal inferior a $133.000.000.-. La contribución postergada será pagada en tres cuotas, junto con las siguientes tres cuotas de contribución, con una tasa de interés real 0%. Vigencia: En Operación Renta 2020.
6. Reducción transitoria del impuesto de timbres y estampillas a 0% para todas las operaciones de crédito durante los próximos 6 meses. Vigencia: Desde abril de 2020.
7. Medidas de alivio para el tratamiento de deudas tributarias con la Tesorería General de la República focalizadas en las Pymes y personas de menores ingresos. Esta iniciativa apunta a otorgar mayor flexibilidad para celebrar convenios de pago de deuda tributarias con la TGR, sin el pago de intereses, ni multas. Vigencia: Desde abril de 2020.
8. Todos los gastos de las empresas asociados a enfrentar la contingencia sanitaria serán aceptados como gasto tributario. Vigencia: Inmediata.
9. Se otorgarán mayores flexibilidades en los plazos para presentar declaraciones juradas asociadas a la operación renta de este año. Vigencia: Inmediata.
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