Concesiones marítimas
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El 18 de agosto pasado se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°4.118 de 2020 del Ministerio de Defensa Nacional, la cual suspende en favor de los administrados, con efecto retroactivo a partir de la declaración de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, efectuada a través del Decreto Supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, y hasta el término del mismo, los plazos asociados a la tramitación de los procedimientos relativos a concesiones marítimas mayores, menores y destinaciones marítimas, actualmente en curso, incluido el plazo dispuesto para la corrección de los antecedentes señalado en el artículo 46 del Decreto Supremo Nº 9 de 2018, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre Concesiones Marítimas.
Por último, esta suspensión también se aplicará a los plazos relativos al cumplimiento de obligaciones derivadas de concesiones marítimas ya otorgadas, establecidos en el decreto de concesión.
Para mayor detalle, el contenido de la Resolución Exenta N°4118 puede ser revisado en el sitio electrónico del Diario Oficial en el siguiente link.
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