Extensión del estado de excepción constitucional y su impacto en temas laborales

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El día 24 de junio de 2021 se despachó el proyecto de ley que renueva el estado de excepción constitucional que rige desde el 18 de marzo de 2020 en Chile producto de la pandemia del virus Sars Cov 2.  El estado de excepción constitucional fue renovado nuevamente por el Congreso hasta el 30 de septiembre de 2021.

En materia laboral debemos recordar que la renovación del estado de excepción constitucional implica la extensión de la vigencia de las siguientes normas excepcionales:

– Ley 21.277.- Ley de protección al empleo: Se extiende el periodo que permite la suspensión de contratos y el acceso a las prestaciones del Seguro de Desempleo en circunstancias excepcionales.

– Ley 21.235.- Elección de dirigentes sindicales: Se suspenden las elecciones de directivas y delegados sindicales y se prorroga la vigencia de sus mandatos.

– Ley 21.260:

  • Fuero Maternal: Se prorroga el fuero maternal para todas las personas cuyos fueros maternales terminaban posteriormente al 18 de marzo 2020.
  • Teletrabajo para embarazadas: Se extiende la obligación de ofrecer la modalidad de teletrabajo a las trabajadoras embarazadas.

– Ley 21.247:

  • Licencia médica preventiva: Se extiende el derecho a gozar de una licencia médica preventiva parental por causa de la enfermedad COVID-19 para efectos del cuidado del niño o niña y le otorga fuero a los trabajadores que hagan uso de esta licencia médica preventiva.
  • Suspensión de contratos de trabajo por deberes de cuidado: Se extiende el derecho al trabajador que tenga el cuidado personal de uno o más niños o niñas nacidos a partir del año 2013, tiene derecho a suspender los efectos de su contrato de trabajo mientras permanezca suspendido el funcionamiento del establecimiento educacional, jardín infantil o sala cuna.

– Dictamen 2590/021 de la Dirección del Trabajo: Comités Paritarios de Higiene y Seguridad: Se estableció que los representantes del empleador pueden extender sus periodos por la duración del estado excepcional y que los representantes de los trabajadores pueden realizar elecciones por vía electrónica o, ante la ausencia de sistemas de votación electrónica, extender sus cargos hasta que las condiciones sanitarias lo permitan.


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