La DT actualiza los hechos infraccionales y multas a las nuevas leyes laborales

Con fecha 01 de junio de 2020, la Dirección del Trabajo actualizó su Tipificador de hechos infraccionales y pauta para aplicar multas administrativa.
Los hechos y multas que se incorporaron van de 9 a 60 UTM dependiendo del tamaño de la empresa:
Empresa de 1 a 49 trabajadores, la multa va desde 9 a 20 UTM
Empresa de 50 a 199 trabajadores, la multa va desde 30 a 40 UTM
Empresa de 200 o más trabajadores, la multa va desde 40 a 60 UTM
Se incluyen como nuevos hechos infraccionales:
1.) Ley de Teleoperadores:
-Pactar remuneración variable sin cumplir con el parámetro legal. Estos deben ser objetivos y verificables. Por ejemplo: horas de conexión, número de contactos efectuados y/o ventas de productos tangibles o intangibles.
-Respecto de los exámenes médicos preventivos anuales, no tomar medidas para que se realicen, no considerar como jornada el tiempo utilizado y no pagar pasajes de traslado a los exámenes.
-No acordar o no otorgar descanso fraccionado dentro de la jornada, o no dar descanso por conexión continua.
-Fijar o cambiar turno a teleoperador sin anticipación mínima de una semana.
2) Ley de Protección al Empleo:
-No remitir mensualmente a la Dirección del Trabajo la nómina de trabajadores que se hayan visto afectados por la suspensión o pactos de reducción.
-Obtener los beneficios establecidos en la Ley N° 21.227 sin cumplir con los requisitos legales, o pactar reducción de jornada sin encontrarse en los supuestos del artículo 8°, inciso 1° de la Ley N° 21.227.
-No pagar las cotizaciones previsionales durante la vigencia de la suspensión o pacto de reducción de jornada.
-No consultar al sindicato la reducción de jornada o pactar una reducción de jornada superior al 50% .
-Pactar reducción temporal de jornada de trabajo con trabajador con fuero laboral
-No pagar remuneraciones durante la vigencia del pacto de reducción temporal de la jornada, equivalente a la jornada reducida o no pagar los beneficios cuyo pago corresponda efectuarse durante su vigencia, como aguinaldos, asignaciones, bonos y otros conceptos esporádico
-No contener el pacto de reducción de jornada las estipulaciones mínimas.
-No registrar en la plataforma electrónica habilitada para este efecto por la Dirección del Trabajo, los pactos de reducción temporal de la jornada.
-No pagar las indemnizaciones legales correspondientes al término de la relación laboral, durante la vigencia del pacto, de conformidad con las remuneraciones pactadas con anterioridad a su suscripción.
-Poner término al contrato de trabajo invocando el numeral 6° del artículo 159 del Código del Trabajo (Caso Fortuito o Fuerza Mayor), , invocando como motivo los efectos de la pandemia de COVID-19, durante los seis meses siguientes a la publicación de la Ley N° 21.227 o mientras dure el estado de catástrofe dictado por el Presidente de la República.
3.) Trabajo a Distancia y Teletrabajo:
-No pactar la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo.
-No contener en el pacto la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo: lugar de prestación del servicio, periodo de duración, mecanismo de supervisión o control, distribución de la jornada, tiempo de desconexión.
-No implementar registro de control de jornada de teletrabajo o trabajo a distancia.
-No respetar el derecho a desconexión de trabajo a distancia o de teletrabajo.
-No proporcionar equipos, herramientas y/o materiales para el trabajo a distancia o teletrabajo.
-No pagar los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y/o reparación de equipos de trabajo a distancia o de teletrabajo.
-No informar o no cumplir con las condiciones de seguridad y salud que debe cumplir el puesto de trabajo a distancia o teletrabajo.
-No capacitar previamente al trabajador para desempeñar las labores a distancia o teletrabajo.
-No informar de la existencia de un sindicato.
-No registrar electrónicamente el pacto de trabajo a distancia y/o teletrabajo en la Dirección del Trabajo.
Para revisar el resto de los hechos infraccionales y multas: https://www.dt.gob.cl/portal/1626/articles-108710_recurso_1.pdf
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