Modificación de permisos de trabajo por muerte de familiar

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Con fecha 29 de septiembre de 2021, se publicó la ley N°21.371 que modifica los permisos de trabajo en los siguientes términos:

  • En caso de muerte de un hijo, todo trabajador tendrá derecho a diez (10) días corridos de permiso pagado.
  • En caso de la muerte del cónyuge o conviviente civil, todo trabajador tendrá derecho a un permiso similar, por siete (7) días corridos.

En ambos casos, este permiso será adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio.

  • Igual permiso se aplicará, por siete (7) días hábiles, en el caso de muerte de un hijo en período de gestación, y por tres (3) días hábiles, en caso de la muerte del padre o de la madre del trabajador.

“El presente documento no constituye asesoría legal y el estudio Guerrero Olivos no será responsable por actos u omisiones de terceros basados en la información contenida en él”.