Nuevo reglamento sobre notificación de una operación de concentración
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A través del Decreto Supremo N° 41 de 2021, el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Ministerio de Economía”) ha aprobado un nuevo reglamento sobre notificación de una operación de concentración (“Reglamento”), derogando a partir de 2 de noviembre de 2021, el Decreto Supremo N° 33 de 2017 que es el reglamento actualmente vigente.
Esta modificación tuvo su origen en una consulta pública efectuada por la Fiscalía Nacional Económica (“FNE”) durante el año 2019. A través de ella, la FNE detectó diversos aspectos del actual reglamento que eran susceptibles de mejora, recogiendo las opiniones y apreciaciones de diversos actores partícipes del sistema de control de operaciones de concentración.
Dentro de los problemas identificados por la FNE se encontraban, entre otros, el excesivo volumen de información requerida para notificar una operación y la falta de una diferencia de sustancial entre el mecanismo de notificación ordinario y el simplificado; sobre todo considerando que un porcentaje bastante menor de las operaciones notificadas eran operaciones complejas, que requieren un análisis más acabado para descartar y/o confirmar la existencia de riesgos para la competencia de perfeccionarse.
Respecto del nuevo texto del Reglamento cabe destacar las siguientes novedades:
El nuevo Reglamento entrará en vigencia a partir del 2 de noviembre de 2021.
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