Propuesta Norma Técnica GNL - Revisión de Exigencias para Declaración de Gas Inflexible

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I. Plan Normativo Anual.

En agosto de 2020 la Comisión Nacional de Energía (“CNE”) incorporó como parte de su Plan Normativo Anual una modificación a la Norma Técnica para la programación y coordinación de la operación de las unidades que utilicen Gas Natural Regasificado (“NT GNL”). De conformidad a lo dispuesto en la Resolución CNE N° 313/2020, la incorporación de la referida modificación a la NT GNL obedeció a motivos de necesidad manifiesta relacionados con la revisión de los procedimientos para la operación de las unidades que utilicen gas natural regasificado bajo condición de inflexibilidad.

Para realizar dicha revisión la CNE designó un Comité Normativo compuesto por integrantes del Ministerio de Energía, la Superintendencia de Electricidad y Combustible, el Coordinador Eléctrico Nacional (“Coordinador”), empresas del sector y expertos técnicos.

II. Relevancia de Tema.

La operación de las centrales o unidades generadoras que utilicen gas natural regasificado (“GNL”) está regulada actualmente en la NT GNL, y de conformidad a esta, frente a una declaración de inflexibilidad del GNL que éstas utilizan, el Coordinador actualmente debe necesariamente incluirlas en la operación del Sistema Eléctrico Nacional a un costo variable igual a cero. Lo anterior, tiene efectos en el orden de mérito económico del despacho eléctrico de las distintas unidades de generación que son parte del sistema, el que está organizado de tal manera que primero se despachen las unidades con costos de generación más bajos.

III. NT GNL vigente.

La NT GNL vigente establece que las empresas generadoras titulares de instalaciones que utilice GNL (“Empresas GNL”) deberán enviar mensualmente una declaración al Coordinador, indicando entre otros antecedentes, la condición de suministro de sus volúmenes de GNL. La condición de suministro podrá ser la inflexibilidad de dichos volúmenes, entendiéndose en este caso que, durante el período informado, el GNL no puede ser destinado a un uso distinto al de generación del sistema eléctrico nacional (“SEN”), sin causar un perjuicio económico relevante a la respectiva Empresa GNL, calificado como tal por la misma. A estos efectos, la Empresa GNL debe acompañar al Coordinador antecedentes que demuestren tanto el perjuicio económico relevante como que realizó sus mejores esfuerzos para evitar o minimizar el volumen de GNL declarado en condición de inflexible.

IV. Propuesta conceptual CNE.

La propuesta conceptual publicada por la CNE, a propósito de las últimas sesiones del Comité Normativo que revisa las modificaciones a la NT GNL, tienen por objeto limitar los volúmenes máximos de GNL que se pueden declarar bajo condición de suministro inflexible sin modificar las actuales consideraciones de la NT GNL descritas en el párrafo precedente. Para ello, propone:

  1. La elaboración anual, por parte del Coordinador, de un Estudio de Proyección de Generación de Unidades GNL (“Estudio GNL”), el cual tendría por objeto determinar los volúmenes máximos de GNL susceptibles de ser declarados en condición inflexible por cada Empresa GNL para el año calendario siguiente. El Estudio GNL sería susceptible tanto de observaciones por parte de las empresas coordinadas como de discrepancias ante el Panel de Expertos, por lo que se estima que en agosto de cada año se publicaría su versión definitiva.
  2. Sólo aquellas Empresas Generadoras GNL que ajusten su programa anual de entregas (“ADP”, por sus siglas en inglés) a los resultados del Estudio GNL tendrán la posibilidad de que sus volúmenes de GNL puedan ser declarados en condición de inflexibilidad. Adicionalmente, se requerirá que dichos volúmenes estén asociados a contratos de suministro que permitan la postergación de los volúmenes de GNL a otros periodos distintos al del ADP, el reemplazo de los volúmenes GNL, y el destino de éstos a fines distintos a los originales pactados (“Cláusulas de Flexibilidad”).
  3. En marzo del año de aplicación del Estudio GNL, el Coordinador deberá actualizarlo con los nuevos antecedentes con que cuente. Si a partir de los resultados de dicha actualización se constata que los requerimientos de GNL del SEN son menores a los determinados en el Estudio GNL, entonces el Coordinador deberá comunicar a las Empresas Generadoras GNL aquellos volúmenes que no podrán optar a la condición de inflexibilidad, siempre que las Cláusulas de Flexibilidad sean aún ejecutables. Si por el contrario, los resultados demuestran que los requerimientos sistémicos serán mayores a los determinados en el Estudio GNL, el Coordinador deberá comunicar a las Empresas Generadoras GNL los volúmenes adicionales que podrán optar a la condición de inflexibilidad.
  4. Se contempla la incorporación de la llamada Condición de Inflexibilidad Evitable. Dicha condición tiene por objeto anticipar la utilización de volúmenes de GNL que se prevé serán considerados inflexibles y ocurrirá si 42 días antes del próximo embarque de GNL se determina que el uso de gas proyectado es menor que el volumen de gas disponible, y en cuyo caso el Coordinador deberá considerar volúmenes de dicho gas en la programación de la operación, permitiendo su utilización parcial por cada semana. Si con una semana de anticipación al embarque de GNL la Condición de Inflexibilidad Evitable se mantiene, el volumen de GNL remanente pasará a condición de inflexibilidad.
  5. Finalmente, la propuesta menciona que las disposiciones de la NT GNL no aplican a contratos de suministro de GNL que no estén asociados a buques ni a centrales con capacidad menor a 50MW, por lo que excluye a centrales PMGD y PMG. Asimismo, considera que la condición de inflexibilidad no será aplicable a los volúmenes de gas natural provenientes de Argentina.

VI. Próxima Consulta Pública.

De acuerdo a la información proporcionada por la CNE, las propuestas de modificación a la NT GNL serán discutidas al interior del Comité Normativo durante los meses de febrero y marzo, para abrir el periodo formal de consulta pública durante el mes de abril de 2021.


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