Reforma constitucional regula campañas para el plebiscito constituyente
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El 26 de agosto de 2020 fue publicada la Ley N° 21.261 que regula el financiamiento y la propaganda de las campañas para el plebiscito constituyente de octubre, donde se establece -entre otros asuntos- lo siguiente:
- Se limita el total de los aportes de personas individuales a partidos políticos hasta 500 UF y a organizaciones sociales -debidamente registradas ante el Servel- por hasta 300 UF.
- Todos los aportes serán públicos, debiendo informarse al Servel con el nombre completo y cédula, lo que estará disponible en la página web de esta institución.
- Se prohíben los aportes de persona jurídicas constituidas en Chile y de personas naturales o jurídicas extranjeras, con excepción de extranjeros habilitados legalmente para ejercer el derecho a sufragio en Chile.
- No hay propaganda electoral si una idea es difundida por una persona natural por cualquier medio en el ejercicio de su libertad de expresión.
- Los contratos que celebren los partidos políticos, parlamentarios independientes o las organizaciones de la sociedad civil para la utilización de plataformas digitales deberán ser informados al Servel, quien los publicará y podrá requerir a los proveedores la identidad y los montos involucrados de todo aquel que contrate propaganda electoral.
“El presente Boletín no constituye asesoría legal y el estudio Guerrero Olivos no será responsable por actos u omisiones de terceros basados en la información contenida en él”.