RADAR TRIBUTARIO: Denunciante anónimo: requisitos y recompensas

Dentro de las modificaciones propuestas por el Proyecto de Reforma Tributaria presentado por el gobierno con fecha 29 de enero del año en curso, se encuentra la incorporación de la nueva figura del denunciante anónimo respecto de materias tributarias que puedan ser constitutivas de un delito tributario.
La incorporación del artículo 100 quater y quinquies del Código Tributario que realiza el Ministerio de Hacienda en el Proyecto de Reforma tributaria busca crear una figura de denunciante anónimo que logre poder obtener información de posibles delitos tributarios que sirvan de base, prueba y apoyo para la persecución de los referidos delitos por el Ministerio Público.

“El presente documento no constituye asesoría legal y el estudio Guerrero Olivos no será responsable por actos u omisiones de terceros basados en la información contenida en él”.

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