Nulidad Judicial de Sociedad: ¿Efectos tributarios?

Mediante Oficio N°419 de 21 de febrero de 2024 (“Oficio”) el Servicio de Impuestos Internos (“SII”) analizó los efectos tributarios de la declaración judicial de nulidad de la constitución de una sociedad en la que se aportó un inmueble. Es interesante analizar el Oficio en cuestión, debido a que el ente fiscal se pronuncia sobre el impuesto que afectaría una eventual venta de inmuebles, tema que siempre genera interés.
El caso en particular se refiere a una sociedad constituida el año 2001 a la cual uno de sus socios aportó un inmueble sin construir como capital social. La sociedad obtuvo rol único tributario, pero nunca realizó
actividades ni declaraciones de renta, por lo que el SII en uso de su facultad del artículo 69 del Código Tributario realizó el término de giro de la sociedad el 28 de julio de 2017.

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