El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (“TDLC”) se pronunció por primera vez sobre la
infracción conocida como Interlocking Horizontal a través de su Sentencia N° 202/2025 de fecha 15 de
abril de 2025 (“Sentencia”). Esta infracción fue introducida al Decreto Ley N° 211 (“DL 211”) a través de
la Ley N° 20.945 y sanciona la participación simultánea de una persona en cargos ejecutivos relevantes
o de director en empresas competidoras, siempre que dichas empresas superen un determinado umbral
anual de ingresos y que dicha participación simultánea se mantenga más allá del plazo legal.
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